La conselleria de Educación, Formación y Empleo pedirá por
primera vez, centro a centro, la opinión de las familias acerca del modelo
lingüístico que quieren para sus hijos, dentro del nuevo plan de plurilingüísmo,
que pondrá en marcha el próximo curso, en todos los centros públicos y privados
concertados que así lo soliciten.
En estos momentos, 128 centros de la Comunitat han
solicitado entrar a formar parte de la Red de Centros Plurilingües. De éstos,
42 se ubican en Alicante, 11 en Castellón y 75 en Valencia. Junto con los 142
que ya están funcionando en la Red, suman un total de 270 colegios e
institutos, lo que supone prácticamente duplicar la cifra inicial de centros
interesados.
El Decreto establece dos programas de carácter progresivo
de aplicación en los centros de la Comunitat, que serán elaborados por los
centros, previa consulta de las familias, y que se caracterizarán por la
enseñanza de contenidos curriculares en valenciano, en castellano y en inglés,
pudiéndose incorporar además otras lenguas extranjeras.
De este modo se confiere a los centros plena autonomía
para decidir su proyecto lingüístico, que determinará la lengua base de su
programa (valenciano o castellano) y cómo impartirá las otras dos lenguas,
siempre y cuando cuenten con la opinión del profesorado y de los padres, madres
o tutores legales de los alumnos.
Así en concreto, en los centros públicos, para garantizar
lo dispuesto en el artículo 19.1 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y
enseñanza del valenciano, la lengua en la que se vehicularán los ámbitos de
actuación en la Educación Infantil la determinará la Conselleria de Educación,
vista la propuesta del Consejo Escolar, y tras realizarse, en cada centro docente,
una consulta a todos los padres, madres o tutores legales del alumnado al
inicio del primer curso del segundo ciclo de la Educación Infantil.
La elección del programa plurilingüe
Se trata por un lado, del Programa Plurilingüe en
Valenciano (PPEV) en el que la lengua base para la enseñanza será el valenciano
y un Programa Plurilingüe en Castellano (PPEC), en el que la lengua base para
la enseñanza será el castellano.
Cada centro establecerá en su Proyecto Lingüístico de
Centro (PLC) la lengua base de su programa, valenciano o castellano, en la que
se impartirá la mayoría de las áreas, materias o módulos.
Los dos programas podrán contemplar, en todos los niveles
de las distintas enseñanzas, la presencia en el currículo de áreas, materias o
módulos impartidos en valenciano y en castellano independientemente de la
lengua base del programa plurilingüe que se aplique, de forma que, al menos y
además de las áreas o materias lingüísticas, se pueda impartir una más en la
lengua que no es la base del programa.
En ambos modelos, las asignaturas, áreas o módulos
lingüísticos se impartirán en la lengua que corresponda, castellano, valenciano
o inglés. Además, se impartirá obligatoriamente como mínimo un área no
lingüística en inglés.
En este sentido, en el Programa Plurilingüe en Valenciano,
el resto de materias no lingüísticas se impartirán en valenciano o en inglés, a
elección del centro, excepto una asignatura no lingüística, que se podrá elegir
dar en castellano o en valenciano.
En el Programa Plurilingüe en Castellano, el resto de
materias no lingüísticas se impartirán en castellano o en inglés, a elección
del centro, excepto una asignatura no lingüística, que se podrá elegir dar en
castellano o en valenciano.
Además, cuando un centro de PPEC decida voluntariamente en
la Educación Primaria impartir adicionalmente en valenciano elemento no
lingüísticos del currículo, la preferencia la tendrán los relacionados con el
conocimiento del medio natural y social.
En todas las áreas, materias o módulos lingüísticos
(valenciano, castellano, lenguas extranjeras), la lengua de enseñanza será
necesariamente la lengua objeto de aprendizaje. En las áreas, materias o
módulos no lingüísticos impartidos en valenciano, castellano o en lengua
extranjera, también se procurará que el alumnado utilice dichas lenguas tanto
para la comunicación oral como escrita.
Calendario de aplicación
Educación, aplicará el programa plurilingüe de forma
progresiva, primero en Educación Infantil y después en Primaria, Secundaria,
Bachillerato, y Formación Profesional.
La Conselleria prevé que en tres años se haya adaptado la
plantilla a las nuevas necesidades lingüísticas y por lo tanto garantizar la
enseñanza plurilingüe en todos los niveles educativos.
No obstante, el calendario establecido en el Decreto da la
posibilidad de concluir su aplicación en el curso 2020-21, dando así todas las
facilidades a los centros para que puedan adaptarse a la nueva situación,
especialmente en lo que se refiere a la capacitación de sus plantillas.
En este sentido, se va a realizar un Plan de formación
intenso que se va a concretar en un incremento de 11.000 plazas en las EOI, con
grupos monográficos por etapas, incidiendo expresamente en la competencia
comunicativa, y abriendo nuevas modalidades formativas como la semipresencial.
En concreto, los primeros años del calendario se
incorporará un curso cada año. Este arranque se realiza más pausadamente porque
sólo el 14% del docente de Educación Infantil dispone de una acreditación del
B2 del marco común europeo de referencia para las lenguas, y el 4% en el caso
de Primaria.
A partir de 2015 comienza el plurilingüismo en la
educación Primaria. A partir de este momento, cada curso se va incorporando un
ciclo, es decir en el curso 2015-2016 el primer ciclo de Educación Primaria, en
2016-2017 el segundo ciclo de Educación Primaria, en 2017-2018 tercer ciclo de
Educación Primaria, 2018-19, 1º y 2º de ESO, 2019-20 3º y 4º de ESO y 2020-21:
1º y 2º de Bachiller. En definitiva, en 7 años se completará necesariamente la
implantación del modelo plurilingüe en toda la educación obligatoria.
Cuarta lengua
Otra de las novedades del Decreto es la posibilidad de que
los alumnos puedan estudiar un cuarto idioma como el francés, el alemán o el
italiano. Así, la Conselleria podrá autorizar a los centros docentes que
vehiculen en inglés al menos un área, materia o módulo no lingüístico, la
posibilidad de impartir adicionalmente en otra lengua extranjera un área
materia o módulo más. Esta autorización estará condicionada a la existencia, en
el propio centro, de recursos humanos suficientes.
Catalogar los puestos en lenguas extranjeras
La Conselleria incorporará el requisito de conocimiento de
lenguas para el desempeño de los puestos de trabajo en los centros públicos,
con la finalidad de garantizar la continuidad de los programas plurilingües.
En este
sentido, es la primera vez que se clasifican las plazas con un requisito
lingüístico de idioma extranjero. Así, para cubrir las sustituciones o
licencias de los puestos de trabajo docente que impartan áreas, materias o
módulos no lingüísticos en un idioma extranjero, el profesorado deberá
acreditar, además de la propia especialidad, al menos, competencias de un nivel
B2 o B1, según el nivel educativo, del Marco Común Europeo de Referencia para
las Lenguas, u otros títulos convalidados al efecto.
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